Canal ético
INTRODUCCIÓN
El articulo 31.bis. del Código Penal habla sobre la responsabilidad de la persona jurídica, en él, no sólo se determinan las personas penalmente responsables, sino que en su punto 5, se establecen los requisitos que deben cumplir los modelos de gestión de prevención de delitos a implantar en las organizaciones. Uno de esos requisitos, es la existencia de un medio para informar de posibles incumplimientos:
“Impondrán la obligación de informar de posibles riesgos e incumplimientos al organismo encargado de vigilar el funcionamiento y observancia del modelo de prevención.”
La nueva DIRECTIVA (UE) 2019/1937 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, en su artículo 8, recoge la obligación de establecimiento de canales de denuncia interna.
INSTRUCCIONES DE USO
Cuando se haga uso del canal, el mensaje será transmitido a un prestador cualificado de confianza que cumple con las especificaciones previstas en El Reglamento (UE) N.º 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza.
Dicho prestador cumplirá con las instrucciones establecidas por CIUDAD DEL MOTOR DE ARAGÓN S.A. y siempre conforme a la legislación vigente en materia de protección de datos, garantizándose el cumplimiento de las obligaciones previstas en el Art. 28 del RGPD.
COMUNICACIONES ANÓNIMAS Y DATOS PERSONALES
Las comunicaciones o alertas serán anónimas con carácter general y se contestarán por el mismo canal por el que se han recibido. El anonimato se levantará sólo con el consentimiento expreso del alertador o cuando constituya una obligación necesaria y proporcionada impuesta por el Derecho de la Unión o nacional en el contexto de una investigación llevada a cabo por las autoridades nacionales o en el marco de un proceso judicial, en particular para salvaguardar el derecho de defensa de la persona afectada.
Durante el proceso se garantizará, por tanto, el cumplimiento de la legislación en materia de protección de datos vigente. (LOPD y RGPD)
USO DEL CANAL ÉTICO
Cuando vaya a realizar una comunicación, observará que es dirigido a una herramienta on-line externa al dominio de CIUDAD DEL MOTOR DE ARAGÓN S.A.; el mensaje será transmitido a la herramienta del prestador cualificado de confianza y así, se garantiza el anonimato y la protección de los datos del alertador.
Por ello, la presente herramienta podrá ser utilizada por cualquier empleado de CIUDAD DEL MOTOR DE ARAGÓN S.A. o bien cualquier otra tercera persona que pueda tener conocimiento de conductas contrarias a la ética, fraudulentas o ilícitas cometidas en el seno de nuestra Organización.
Este Canal Ético no es el canal idóneo para temas relacionados con sus condiciones de empleo o cuestiones disciplinarias. En ese caso deberá seguir las políticas establecidas en su organización.
El responsable del tratamiento de los datos es CIUDAD DEL MOTOR DE ARAGÓN S.A. que, en cumplimiento de una obligación legal prevista en el Art. 31.bis.5 del Código Penal, tratará la información con la finalidad de gestionar las comunicaciones que se reciban a través del canal, garantizando la confidencialidad de los datos del alertador manteniéndolos anónimos sin comunicarlos a terceros salvo que su identificación constituya una obligación necesaria y proporcionada impuesta por el derecho de la UE o nacional en el contexto de una investigación llevada a cabo por las autoridades nacionales o en el marco de un proceso judicial, en cuyo caso deberá comunicarse a las autoridades competentes en el asunto.
Sus datos serán conservados durante un período máximo de 3 meses desde la introducción de los datos en el canal, transcurrido el cual se procederá a su eliminación del canal, pero podrán permanecer bloqueados cuando sea necesario para evidenciar el funcionamiento del modelo de prevención de delito o pueda ser requerido por la autoridad competente para el inicio de la correspondiente investigación de los hechos.
Para más información sobre el tratamiento de sus datos o como ejercitar sus derechos puede dirigirse a nuestra Política de Privacidad.